En la Cámara de diputados de la Nación se tratará hoy un proyecto de Ley en el que objeto establecer el marco general del ejercicio de la Licenciatura en Obstetricia y que busca “contribuir a garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las personas y de la comunidad”.
Desde el Colegio de Obstétricas de la provincia de Buenos Aires celebran la aprobación del proyecto en las comisiones y su tratamiento en la cámara de diputados de la provincia de Buenos Aires.
Las profesionales sostienen que este proyecto a tratarse establece “el marco general del ejercicio de la Licenciatura en Obstetricia, basada en los principios de integridad, ética, bioética, idoneidad, equidad, colaboración y solidaridad, aplicados a la asistencia, acompañamiento y cuidado de las personas usuarias del servicio de salud que atraviesen cualquier evento obstétrico, así como de las familias que transiten por el proceso preconcepcional, de gestación, nacimiento y crianza, a fin de contribuir a garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las personas y de la comunidad, desde un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género”.
La iniciativa surgió del Poder Ejecutivo y se presentó a través de los diputados del PRO Eduardo Amadeo, Carmen Polledo y Sergio Wisky, pero el texto de consenso se complementó con otra propuesta de Mónica Macha, perteneciente a Unidad Ciudadana.
El proyecto habilita a las profesionales a “prescribir métodos anticonceptivos, así como realizar intervenciones relacionadas con ellos, incluyendo la colocación y extracción de métodos anticonceptivos de larga duración”.
Además permite “brindar consejería y asistencia pre, durante y post eventos obstétricos”; “realizar detección y asistencia precoz de embarazo”, y “prescribir y administrar fármacos, según vademécum obstétrico”, entre otras incumbencias.
Por otra parte, se establece que las parteras podrán “negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas que entren en conflicto con sus convicciones religiosas, morales o éticas, siempre que de ello no resulte un daño inmediato o mediato para la persona, informándole previamente sus derechos como paciente y efectuando la oportuna derivación para que acceda a los mismos sin dilaciones”.