El Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires emitió un comunicado oficial con el objetivo de aclarar el alcance y las implicancias de la reciente Resolución 1641/2025 publicada por el Ministerio de Salud de la Nación Argentina.
La normativa en cuestión establece criterios para la unificación de la matrícula nacional, sin embargo, desde el COPBA advirtieron que su aplicación no tiene validez en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
En su declaración, el Consejo Superior remarca que la resolución tiene jurisdicción limitada exclusivamente a instituciones nacionales, sin afectar a las provincias, conforme al Artículo 121 de la Constitución Nacional, y por lo tanto no modifica ni impacta la situación de las matriculadas en obstetricia en el territorio bonaerense.
Además, las autoridades del Colegio criticaron la vigencia de la Ley 17.132/1967, utilizada como base de la resolución, por su concepción desactualizada que minimiza la labor profesional de las obstétricas y licenciados en obstetricia, considerándola meramente “colaborativa”, reivindicando entonces el carácter de título de grado universitario de la profesión y la lucha sostenida por su jerarquización.
En ese sentido, las autoridades recordaron que el Colegio Profesional cuenta con reconocimiento constitucional en el artículo 41 de la Constitución Provincial y que sus funciones están reguladas por la Ley 11.745.
Finalmente la entidad profesional ratificó la necesidad de derogar la Ley 17.132 y avanzar en una Ley Marco nacional que reconozca plenamente la autonomía y especificidad de la profesión.
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