Se creó la figura de «Abogado del niño» en la provincia

15/05/2015
Abogados

La nueva figura deberá garantizar el derecho de los niños a expresarse libremente, que sus opiniones sean tenidas en cuenta, que puedan peticionar ante las autoridades y cuenten con una asistencia letrada

El Poder Ejecutivo Provincial publicó ayer en el Boletín Oficial de la Provincial el decreto N°62/2015 que reglamenta la Ley Nº 14.568 del Abogado del Niños, impulsada por el Bloque de legisladores de Nuevo Encuentro.

Natalia Gradaschi, autora de la norma, recordó que «impulsamos este proyecto de ley hace dos años y recibimos el respaldo de ambas Cámaras y del Ejecutivo provincial. Nuestro objetivo siempre fue garantizar que las autoridades intervinientes en todas las instancias administrativas y judiciales en las que estén involucrados niños, niñas y adolescentes -sin límite de edad- escuchen sus deseos y necesidades para que esa voz sea tenida en cuenta y se refleje en la decisión final que se adopte”.

La legisladora indicó que “desde ahora es obligatorio informar al niño, niña y adolescente sobre su derecho a ser legalmente representado por un Abogado del Niño”. La L ey estipula la creación de un registro de Abogados del Niño bajo la órbita del Ministerio de Justicia donde podrán inscribirse aquellos profesionale.s que acrediten especialización en la materia en todos los procedimientos.

«Con el Abogado del Niño ampliamos derechos y ponemos a la Provincia en consonancia con el proyecto nacional de ampliación de derechos para todos y todas porque en el país ya existía la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes que les garantiza el derecho a expresarse libremente, que sus opiniones sean tenidas en cuenta, que puedan peticionar ante las autoridades y cuenten con una asistencia letrada» sostuvo.

El Decreto reglamentario establece que «para la designación del Abogado del Niño, se debe tener en cuenta el domicilio del niño, niña y/o adolescente». Además dispone que «el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires coordinará con la Suprema Corte de Justicia, los distintos Departamentos Judiciales y con los Servicios Zonales y Locales, dependientes del Sistema de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, la difusión de la nómina de profesionales inscriptos en el Registro Provincial de Abogados del Niño». Y ordena al Ministerio de Justicia establecer las pautas y el procedimiento correspondiente «a los efectos del pago de las acciones derivadas de las actuaciones de los abogados patrocinantes de los niños, niñas y/o adolescentes -Abogados del Niño-» para lo cual queda habilitado a celebrar convenio con el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.