La Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires dispuso por resolución Nº 1435/20 que a partir del 15 de febrero de 2021, las comunicaciones de publicidad registral de los inmuebles pertenecientes a los partidos de la Provincia de Buenos Aires, dirigidas a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, se efectúen electrónicamente por todos los órganos judiciales, cualquier sea el tipo de proceso.
También todos los órganos judiciales deberán librar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos al Registro de la Propiedad, utilizando -según corresponda e independientemente del soporte en el que se elaboren- los textos de los modelos estandarizados de oficios que también fueron aprobados en dicha resolución.
El máximo tribunal ordenó que antes de la fecha de inicio de la medida se desarrollen capacitaciones en conjunto con el Instituto de Estudios Judiciales, que estarán dirigidos a todos los órganos judiciales de todos los fueros y que serán obligatorios para al menos dos funcionarios de cada dependencia.