Desde el Colegio de Psicólogos adhirieron al comunicado que emitió el Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental, del cual forma parte, y en el que se aclaró que la Ley 26.657 admite en su artículo 20, las internaciones involuntarias, es decir aquellas sin consentimiento de las personas internadas por razones de salud mental y consumos problemáticos de sustancias.
El documento fue una respuesta al reclamo que se multiplicó en los medios frente a las 20 muertes y mas de un centenar de internaciones que provocó la aparición de miles de dosis de droga adulterada, lo que desnudó las dificultades de muchas familias para abordar la problemática de las adicciones.
El comunicado también reconoce que «existe un notable déficit en la oferta asistencial ambulatoria y de internación para dar respuesta a las demandas en salud mental y consumos problemáticos en muchas jurisdicciones del país», por lo que se insta a las autoridades a «a garantizar la disponibilidad y accesibilidad de centros de salud con equipos de salud mental interdisciplinarios, servicios de salud mental en los hospitales generales, sanatorios» y otros centros asistenciales.
«Es frecuente que las y los familiares de personas con problemáticas de salud mental y/o de consumos no reciban una orientación e información adecuada de parte del sistema de salud cuando acuden a solicitar asistencia. De hecho, sus reclamos han sido desoídos durante más de 20 años. Es la ley 26.657 la que ha otorgado, por primera vez, garantía de atención y resguardo de los derechos de las personas en situación de consumo problemático de sustancias», agrega en el mismo sentido.
Pata finalizar, plantea la necesidad de un aumento presupuestario, asi como la puesta en marcha de mecanismos regulatorios y de abordaje integral del consumo problemático de sustancias y las plena implmentación de la ley nacional 26.657.