La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha tomado una medida importante en respuesta a las acciones anunciadas por el Ministerio de Economía en la semana anterior, y a través de la Resolución General 5421/2023, suspendió temporalmente la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), según lo establecido en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309 y sus respectivas modificaciones y complementos. Esta suspensión se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Además, como parte de esta decisión, se ha suspendido de manera temporal la consideración de los períodos correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 en lo que respecta al cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática, tal como lo establece el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificaciones.
Es importante destacar que esta resolución general de la AFIP entró en vigencia el pasado lunes 25 de septiembre de 2023, fecha en la que se hizo pública en el Boletín Oficial.
La medida adoptada por la AFIP responde a las instrucciones del Ministerio de Economía y busca proporcionar un alivio temporal a los pequeños contribuyentes que se encuentran bajo el régimen simplificado. La suspensión de la exclusión de pleno derecho y la baja automática permitirá a estos contribuyentes continuar operando en el régimen simplificado hasta finales del año en curso.
Es relevante señalar que esta decisión se ha tomado en un contexto de cambios y ajustes en las políticas fiscales y tributarias del país, y su objetivo es brindar un período de transición a los contribuyentes afectados mientras se evalúan y definen nuevas medidas en materia tributaria.
Esta resolución general ha sido emitida de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y sus modificaciones correspondientes. La medida tiene como propósito principal proporcionar estabilidad y certidumbre a los pequeños contribuyentes, permitiéndoles continuar con sus actividades económicas sin interrupciones bruscas en su situación tributaria.
Es fundamental que los contribuyentes afectados por esta suspensión estén al tanto de las fechas límite establecidas y se mantengan informados sobre futuros cambios en las políticas fiscales y tributarias que puedan afectar su situación. La AFIP continuará monitoreando y evaluando la evolución de estas medidas en el contexto económico actual.