ANMAT prohíbe el uso de un producto odontológico

24/10/2018
ANMAT

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución de un producto odontológico porque no había sido autorizado por el organismo.

Se trata de un producto médico “ASFER Industria Química Ltda.: /Sao Caetano do Sul-SP /Soda Clorada /Hipoclorito de Sodio Uso Odontológico / Altamente bactericida”.

Los irrigantes como el hipoclorito de sodio en endodoncia se utilizan en el tratamiento de endodoncia y reendodoncia para limpiar los conductos radiculares mientras dura el tratamiento de odontología.

A través de la Disposición 1023/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANMAT indicó que “se trata de un producto no autorizado” por esa Administración y remarcó que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) “considera que no se puede asegurar que éste cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de producto médico”.

La decisión se adoptó a raíz de una inspección que realizó la DVS en el domicilio en la calle Bolívar N° 1512 de la localidad de Posadas, provincia de Misiones, sede de la firma “Prodent Insumos Odontológicos”.

“En dicho producto no se han observado datos del titular responsable en Argentina”, se indicó en los considerandos de la disposición, que agregó que no se hallaron “antecedentes de inscripción del producto objeto del presente, ni inicios de trámite bajo tales denominaciones”.