ARBA oficializó las exenciones impositivas a los afectados por la pandemia

21/01/2021
Ciencias Económicas

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) oficializó a través de la resolución 01/21 una serie de exenciones sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes afectados por la pandemia COVID 19.

Dicha resolución alcanza a las obligaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos devengadas entre el 1º de julio de 2020 y el 31 de diciembre de 2020,  y corresponderán exclusivamente a los ingresos obtenidos por el desarrollo de las actividades comprendidas en los códigos NAIIB indicados en el Anexo Único del Decreto Provincial Nº 1252/2020 o sus equivalentes del NAES, en el caso de contribuyentes alcanzados por el régimen del Convenio Multilateral.

Los beneficios reglamentados serán del 15% del importe del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que corresponda. Aunque en el caso de contribuyentes considerados Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, la exención será del 50% del importe mencionado.

Para acceder al beneficio, entre otros requisitos, se deberá estar inscripto en el “Programa Buenos Aires ActiBA” (la inscripción podrá ser efectuada hasta el 31 de mayo del 2021 inclusive). También, presentar las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por la dispensa, mediante las aplicaciones vigentes a tales efectos, exponiendo claramente la base imponible exenta del tributo, por actividad.