Batalla ganada: El Gobierno exceptuó a la compraventa de inmuebles de pagar el impuesto al cheque.

31/05/2018
Martilleros y Corredores Públicos

Luego de su implementación en 2001, a través del decreto 463/2018, el Gobierno Nacional estableció que estarán exentos del impuesto al cheque los débitos y/o créditos en cuenta corriente aplicados u originados en las transferencias de domino a título oneroso de inmuebles

El impuesto al cheque nació en plena época de crisis del año 2001, con el argumento de mejorar la competitividad de la economía. Iba a ser transitorio; sin embargo, actualmente sigue vigente para algunos contribuyentes.

Este impuesto representa el 10% de la recaudación tributaria, anteriormente un 70% se lo quedaba el Estado Nacional y el 30% restantes se coparticipaban a las provincias. A partir de la ley 27.432, el 100% de lo recaudado se lo destina a la ANSES.

La misma norma autoriza al Poder Ejecutivo a reducir progresivamente en hasta un 20% por año a partir del 1º de enero de 2018, pudiendo establecerse que, en 2022, se compute íntegramente como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Actualmente, el impuesto se calcula aplicando la tasa general del 0.60% sobre los créditos y sobre los débitos bancarios; pero hay alícuotas reducidas para algunas actividades y otros pueden descontarlo íntegramente del Impuesto a las Ganancias.

Sin embargo, el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires anunció que a través del decreto 463/2018 publicado en el boletín oficial, el gobierno nacional estableció que estarán exentos del impuesto al cheque los débitos y/o créditos en cuenta corriente aplicados u originados en las transferencias de domino a título oneroso de inmuebles.

De acuerdo con la normativa publicada este jueves, la exención alcanza las transferencias entre cuentas bancarias que provengan de una compraventa de inmueble, las ue no serán alcanzadas por ese impuesto del 1,2% sobre las transferencias.

Se entiende por tales la suscripción del boleto de compraventa o documento equivalente, que otorgue posesión del inmueble y cualquier acto por el que se transmita su titularidad, situados en el país, siempre que el ó los titulares de la cuenta sean sujetos residentes en el país u que el bien sea debidamente identificado.

El impuesto al cheque es uno de los obstáculos a la formalización de la actividad inmobiliaria, en la que históricamente predominaba el efectivo y fue un reclamo permanente del sector inmobiliario.