Cambio en la Modalidad de Modulación de Aportes de la CAAITBA

05/09/2023
Previsión Social

A partir del 1º de septiembre de 2023, la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires (CAAITBA) implementó una nueva modalidad para la modulación de los aportes pendientes correspondientes a honorarios profesionales. Esta medida fue aprobada durante la Asamblea Extraordinaria de Representantes de la entidad con el objetivo de preservar el valor de los aportes previsionales frente a los desajustes inflacionarios.

Bajo esta nueva modalidad, los aportes previsionales correspondientes a los honorarios profesionales, según lo establecido en el Artículo 26, incisos b, i y l) de la Ley 12.490, se calcularán de acuerdo al «valor referencial unitario» vigente a la fecha cierta del contrato o encomienda profesional. La cantidad de módulos se determinará dividiendo el monto de los aportes declarados por el «valor referencial unitario».

La resolución N°998, que establece esta modificación, también especifica cómo se considerarán los períodos para el pago de los aportes adeudados:

Durante los primeros 12 meses de vigencia del contrato, o hasta su vencimiento si este ocurre primero, los módulos pendientes de pago se abonarán de acuerdo al «valor referencial unitario» vigente a la fecha cierta de la encomienda profesional.

A partir de los 12 meses siguientes, o desde su vencimiento si ocurre primero, los aportes previsionales pendientes de pago se abonarán al «valor referencial unitario» vigente a la fecha de pago.

Es importante destacar que esta nueva modalidad de modulación de aportes se aplica únicamente a las contrataciones posteriores al 1º de septiembre de 2023. Las contrataciones anteriores a esta fecha seguirán sujetas al antiguo régimen, que mantenía el valor referencial unitario vigente a la fecha cierta del contrato durante 24 meses.

Además, la resolución establece condiciones para el pago de las deudas mencionadas. Aquellos que no tengan acciones judiciales podrán optar por pagar en hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales, que variarán de acuerdo al «valor referencial unitario» vigente en el momento de cada pago. Se aplicará un interés sobre saldo del cuatro por ciento (4%) anual y gastos administrativos equivalentes al cero/veinte por ciento (0,20%) de la CMAO vigente al momento del pago de cada cuota.

Es importante tener en cuenta que la falta de pago de dos (2) cuotas, consecutivas o alternadas, resultará en la caducidad automática de la regularización, sin notificación previa, y la CAAITBA podrá iniciar el cobro judicial por vía de apremio de la deuda.

Esta resolución entró en vigencia el 1º de septiembre de 2023 y deroga la Resolución n° 790 de fecha 3 de octubre de 2018, aunque esta última seguirá en vigencia únicamente para los contratos o encomiendas profesionales con fecha cierta anterior a su derogación.