CAPBA dispuso nuevas condiciones para el subsidio a los 25 años

28/09/2020
Arquitectos

En el marco de la pandemia de COVID-19, el Consejo Superior del Colegio de Arquitectos de la Provincia (CAPBA), estableció por Resolución n°46/20 nuevas condiciones para acceder al subsidio a la Antigüedad en la Institución y complemento a los pasivos.

Según se informó, el beneficio continúa siendo instrumentado por la vía de un Subsidio Anual, que el CAPBA abonará a los matriculados que los soliciten siempre que cumplan con los nuevos requisitos.

Los arquitectos que se encuentren ejerciendo la profesión deberán acreditar una antigüedad de 25 años continuos o alternados en la matrícula de la entidad, y encontrarse activo durante los 5 años previos a la solicitud.

En ese sentido, el cómputo se realizará contando como último año no aquel que se encuentre en curso sino el año calendario inmediatamente anterior. es decir que los solicitantes deberán reunir los requisitos a 31 de diciembre de 2019.

Además deberán acreditar una edad mínima de 65 años cumplidos, durante el año de solicitud del subsidio y no registrar deuda de matrícula al día al momento de peticionar el subsidio. Ni al tiempo de su otorgamiento.

Tampoco deberán registrar deuda con el CAPBA, para lo cual será admisible la suscripción de un convenio de pago en cuotas de la CEP, conforme Resolución Nº 85/14 o 31/20.

También se indicó que quedarán excluidos del subsidio los Arquitectos que se encuentren en Relación de Dependencia que no hayan presentado expedientes en los últimos cinco años, y los que perciban remuneraciones o compensaciones del CAPBA a causa de su condición de autoridades o por cualquier otro concepto: visadores, contratos de servicios, compensaciones, etc.».

Para Arquitectos jubilados en la Caja creada por Ley 5.920, Ley 1.2007 y actualmente regida por la Ley 12.490: Accederán a este subsidio quienes al momento de formular la petición, acrediten debidamente, con recibo, que perciben beneficios igual o menor a la mínima conformada en la CAAITBA y quienes lo sean en el futuro en la Caja de Previsión actual (Ley 12.490) o en la Caja Propia de los Arquitectos, que acrediten dicha condición.

En el presente año, serán recibidas las solicitudes hasta el 31 de octubre, mediante nota dirigida al Consejo Superior, acompañada de comprobantes autenticados que acrediten los requisitos, que además deberán denunciar cuenta bancaria y CBU para que sea acreditado el beneficio, para el supuesto caso de su otorgamiento.

Las inscripciones se formalizarán en la WEB del CS del CAPBA: http://subsidios.capba.org.ar:8050/