Las grandes marcas deberán adaptar sus envases a partir del 20 de agosto para poner en marcha la Ley de Etiquetado Frontal que obliga a advertir al consumidor sobre el exceso de grasas, azúcares, sodio y otros componentes potencialmente dañinos en los alimentos procesados.
Para el caso de las pequeñas y mediana empresas, el plazo se extenderá hasta el 20 de febrero de 2023, y desde el ministerio de Salud informaron que se aprobó un 35% de las solicitudes de prórroga en la implementación de la ley, sobre un total de 2.658 pedidos
Los pedidos de prórroga pueden realizarse en los casos que «exista una limitación con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal», destacó la cartera.
Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cárnicas (14,45%); lácteos (11,27%); bebidas analcohólicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%).
También cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); café y té (0,67%).
La Ley incorpora como marca principal, el uso de octógonos negros en el frente de los envases para advertir sobre el contenido excesivo de algún componente y facilitar así la elección del consumidor.