El Colegio de Abogados de La Plata rechazó la disminución de honorarios en juicios de apremio

06/02/2018
Abogados

Desde el Colegio de Abogados de La Plata (CALP), rechazaron la ley que modificó los artículos 19 del decreto ley 9122/78 y 22 de la ley 13.406 disminuyendo los honorarios de los abogados en juicios de apremio, e introduciendo el artículo 20 bis en la ley 13928 modificando -por vía indirecta- los honorarios en los procesos de amparo y amparo por mora, que habían sido fijados por la ley 14.967, Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores.

A través de un comunicado, los abogados remarcaron que la Ley 14.967 » fue el resultado de una amplia discusión en ámbitos parlamentarios y profesionales» y advirtieron que ahora «se ha dictado una norma que, en lugar de ir en el mismo sentido que aquella para valorizar, prestigiar y retribuir adecuadamente la labor de los abogados en su calidad de operadores del servicio de justicia, reduce nuestros honorarios, sin causa justificada que lo fundamente».

«Incluso, en el caso de la tarifación de los honorarios para procesos de amparo o amparo por mora, podría hasta interpretarse como un premio a la demora del Estado para resolver, en sede administrativa, las pretensiones, a contramano de los principios de celeridad y simplificación de los procedimientos administrativos o, lisa y llanamente, frente a la lesión o amenaza, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta por éste de los derechos fundamentales de los ciudadanos» alertaron desde el CALP.

«Por ello declaramos, con profunda convicción, nuestra oposición a la sanción de la ley 15.016, sin perjuicio de reafirmar nuestro compromiso indeclinable de defender y valorizar adecuadamente la labor del abogado, su dignidad en todos los ámbitos del ejercicicio profesional y el carácter alimentario de los honorarios, compatibilizando esto con los intereses de todos los actores sociales involucrados en el sistema de justicia», concluye el comunicado que lleva la firma del Consejo Directivo del Colegio.