El Colegio de Abogados sostuvo que la calificación “desahogo sexual” es una concepción patriarcal

18/06/2020
Abogados

La institución del distrito de La Plata dictaminó que la calificación del fiscal chubutense Fernando Rivarola no es ni siquiera “una categoría de análisis”.

Luego de que se conociera públicamente que el fiscal de Rawson, Chubut, Fernando Rivarola dictaminara una causa de violación grupal como “desahogo sexual” eximiendo de culpas y cargos a los denunciados, el Colegio de Abogados de La Plata se metió de lleno en dicha discusión por la calificación utilizada por el letrado.

De esta manera, tras la propuesta elevada por la Comisión del Registro de Abogados y Abogadas de Niños, Niñas y Adolescentes, así como los dictámenes producidos por la Comisión de Género y Diversidad, la Comisión de Asuntos Penales y Penitenciarios y el Instituto de Derechos Humanos finalmente el Colegio de Abogados de La Plata resolvió considerar el término de “desahogo sexual” como “un lenguaje de concepción patriarcal, que invisibiliza los delitos sexuales graves y vuelve a vulnerar a la víctima”.

Para los letrados, “el término “desahogo sexual no se corresponde con una calificación legal. Ni siquiera es una categoría de análisis”. Sucede que dicha expresión “cosifica, vulnera y revictimiza, refiriéndose livianamente a la brutalidad de una agresión sexual que afecta a las mujeres”.

Desde la entidad bonaerense sostuvieron que las palabras utilizadas por Rivarola “es contraria a los estándares convencionales establecidos en instrumentos internacionales suscriptos por nuestro país a los que se les ha dado jerarquía Constitucional en el art. 75 Inc. 22 de la Carta Magna que imponen a los organismos de gobierno su observancia y aplicación”.

Asimismo señalaron que “resulta inadmisible” la falta de perspectiva de género e infancia como “clave transversal dentro de la función estatal y particularmente en la labor jurisdireccional”.

Es por eso que desde el CALP decidieron “repudiar enérgicamente las expresiones vertidas por el Fiscal Fernando Rivarola” por la utilización de dicho término por “evidenciar una ausencia total de perspectiva de género y de infancia en el ejercicio de la función”.

Asimismo reiteraron la urgencia sobre la implementación de la Ley Micaela, que obliga la capacitación en materia de género y violencia contra las mujeres en el ámbito del Poder Judicial.