El Colegio de Obstétricas explicó la Prescripción de medicamentos IVE/ILE

13/11/2023
Obstétricxs

El Colegio de Obstétricas emitió un comunicado para despejar dudas de sus matriculados y matriculadas sobre a prescripción y/o suministro de medicamentos en la práctica de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) o Interrupción Legal del Embarazo (ILE), particularmente aquellos que no están contemplados en el Vademécum específico de la institución.

La entidad profesional remarcó que la práctica de IVE/ILE no está incluida en los alcances profesionales reconocidos en los títulos otorgados por las universidades que imparten la carrera de obstetricia, según lo respalda la ley 11.745 y sus modificaciones y recordaron que «el ejercicio profesional de obstétricas y licenciados en obstetricia está sujeto a los límites de competencia establecidos por los alcances del título obtenido, según el Artículo 2º de la mencionada ley».

El Artículo 7°, inciso 15, de la ley 11.745 faculta a las/os Licenciadas/os en Obstetricia a prescribir vacunas del Calendario Nacional y fármacos según el vademécum obstétrico, no obstante, el Artículo 8°, inciso 5, prohíbe a los profesionales de la obstetricia prescribir, administrar o aplicar medicamentos, elementos o sustancias químicas ajenos a los alcances del título de grado.

La realización de prácticas no contempladas legalmente coloca a los profesionales en una situación de indefensión frente a posibles reclamos judiciales, tanto en el ámbito penal como civil, y por eso la no cobertura por parte del seguro de responsabilidad profesional agrega un componente adicional de vulnerabilidad.

Desde el COPBA reiteraron su respaldo a leyes y programas de Salud Sexual y Reproductiva, siempre dentro de los límites reconocidos en el título profesional, y en ese sentido el Consejo Superior reivindica sus facultades reglamentarias para la confección del Vademécum Obstétrico, destacando la importancia de establecer parámetros claros en la prescripción de medicamentos.

Es imperativo garantizar el acceso a la IVE/ILE sin dilaciones, brindando un trato humanitario que incluya asesoramiento, consejería y consulta a la mujer antes y después del procedimiento. En cumplimiento de la ley 11.745, el COPBA enfatiza la importancia de respetar los límites establecidos en la formación académica y legislativa, garantizando al mismo tiempo la atención integral de la salud sexual y reproductiva de las mujeres.