El Colegio Profesional de Terapia Ocupacional de la Provincia de Buenos Aires (CoTOBA) expresó su satisfacción por el fallo del Juzgado Federal de Campana que declaró inválido el veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad. La resolución, firmada por el juez Adrián González Charvay, sostiene que “el derecho de los niños con discapacidad prevalece ante cuestiones presupuestarias” y consideró inconstitucional la medida adoptada por el presidente Javier Milei.
El amparo había sido presentado por los padres de dos niños con autismo, quienes denunciaron la negativa a brindarles los tratamientos necesarios por falta de financiamiento. El fallo subraya que la prioridad debe ser proteger los derechos de las personas con discapacidad, relegando cualquier criterio de ajuste fiscal.
Desde el CoTOBA destacaron que la decisión judicial marca un precedente para que más familias afectadas puedan reclamar la cobertura de tratamientos y servicios esenciales. “Este fallo reconoce lo que venimos sosteniendo: la discapacidad no puede estar sujeta a recortes ni a cálculos presupuestarios, estamos hablando de una cuestión de derechos humanos”, afirmaron desde la entidad que preside Claudia Spidalieri.
Aunque se trata de una resolución de primera instancia y el Gobierno nacional aún puede apelar, el pronunciamiento representa un fuerte respaldo al colectivo de personas con discapacidad y a los profesionales que trabajan diariamente para garantizar su inclusión y mejorar la calidad de vida.
Y si bien la medida solo resuelve parcialmente el problema del pago de prestaciones y no profundiza en un abordaje integral sobre la problemática de la discapacidad, desde el Colegio remarcaron que sostener los tratamientos es fundamental, para las personas con discapacidad que los requieren.
Pero, remarcan que se debe seguir e insistir para avanzar con el resto de las discusiones que se deben dar en torno a las políticas públicas que atraviesan a este colectivo vulnerable y vulnerado permanentemente ya que es una problemática sociopolítica a la que el Estado está obligado a dar respuesta y garantizar los derechos y libertades fundamentales. De acuerdo a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, que tienen jerarquía constitucional a partir de la Ley 27044, no es si se quiere o no cumplir con ello, sino que es una obligación de la Argentina de respetar y garantizar su cumplimiento.
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