El Registro de la Propiedad determinó criterios ante la vigencia del nuevo Código

31/07/2015
Esribanos

Se difundió a través de un instructivo con indicaciones sobre aquellos casos particulares en los que no esta aprobada la generación de los nuevos códigos, asi como algunas precisiones sobre asientos registrales.

Por medio del instructivo Nº 2, del 31 de julio, el organismo registral instruyó a sus departamentos y sectores acerca de la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en distintos supuestos.

El instructivo establece los criterios a aplicar, entre otros, en los casos en que aún no se ha aprobado la generación de los códigos de actos que se crean o cambian de denominación a partir de la vigencia del nuevo ordenamiento.

A pesar de que las precisiones que contiene el documento constituyen normas internas del Registro, desde el Colegio de Escribanos difundieron la información por considerar que es pertinente para los notarios de la provincia. 

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