Fuerte posicionamiento de las Universidades en defensa de la profesión farmacéutica

15/05/2018
Farmacéuticos

El Ente Coordinador de Unidades Académicas de Farmacia y Bioquímica (ECUAFyB), la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la UBA y la Facultad de Farmacia de la Universidad Nacional de La Plata emitieron esta semana documentos frente al dictamen en el que el 11 de abril la Procuración General de la Nación dio un guiño a la entrada de Farmacity a la provincia de Buenos Aires en vistas de la revisión que está haciendo la Corte Suprema de Justicia de la demanda de Mario Quintana contra el estado bonaerense para obviar lo establecido por la Ley 10.606 de ejercicio de la actividad farmacéutica.

ECUAFyB presentó un documento de posición en el cual sostiene que “observa con preocupación últimos acontecimientos referidos al dictamen de la Procuración General de la Nación” y entre los argumentos señala que “el
medicamento es un bien social, y su acceso debe estar garantizado para asegurar la salud pública, atendiendo a la racional distribución de las farmacias comunitarias en todo el territorio, las cuales se constituyen en centros de atención primaria de la salud bajo la responsabilidad del único profesional experto: el farmacéutico”.

Sostiene también que “la figura jurídica de cuya titularidad depende el establecimiento sanitario, condiciona el libre desempeño profesional en vistas a las obligaciones normativas del propio ejercicio, donde el farmacéutico debe
promover el uso racional y no mercantilista del medicamento en la dispensa, brindando sus servicios profesionales, los cuales son reconocidos en el mundo a través de innumerables documentos emitidos por la OMS, la OPS, la
Federación Internacional de Farmacia, entre otras prestigiosas instituciones.

La Farmacia comunitaria, como centro de Atención Primaria de la Salud, debe centrar su organización, gestión y funcionamiento en actividades relacionadas a su rol sanitario, en desmedro de otras actividades comerciales ajenas a su rol natural vinculado a la Salud Pública”.

Por su parte, las autoridades de la Facultad de Farmacia de la UBA puntualizaron en la Resolución N°128 que el pronunciamiento del procurador subrogante Casal “pretende sustentarse en el antiguo y desusado decreto
desregulatorio 2284/91, tratando a la dispensa de los medicamentos como un simple acto mercantil”.

Destacan que “de tomarse la decisión sugerida se afectará severamente la Salud Pública, ya que apunta a la concentración, poniendo el fin de lucro por encima de las necesidades sanitarias de la población”.
Reafirman la importancia de los artículos 3° y 14° de la Ley 10.606 de la Provincia de Buenos Aires, “ya que los mismos son un reaseguro para que el Farmacéutico cumpla su función de asesorar a otros integrantes del equipo de
salud y a la población sobre el uso racional del medicamento y otros productos para la salud”.

El decano de la Facultad de Farmacia de la UNLP, Dr. Carlos Naón, reivindica en la Resolución N°714 “a la farmacia comunitaria como un ámbito de atención de la salud de la población en el cual se brinda un amplio espectro
de servicios sanitarios que exceden la venta de medicamentos”. Reafirma “que la Ley 10606 propicia el uso racional del medicamento y el acceso al mismo por parte de la población bonaerense, y que la desregulación en lo relativo a la
distribución geográfica y de densidad poblacional de las oficinas de farmacia atentaría contra ambos fines”.

Las universidades que conforman Ecuafyb, la UBA y la UNLP son las instituciones formadoras de la mayoría de los profesionales de la salud argentinos, son las prestigiosas entidades que marcan el paradigma y los estándares de la calidad profesional en el país.