Luego de la petición de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, finalmente los profesionales podrán acceder al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados peticionó, en representación de los 82 colegios y asociaciones que la integran, que la abogacía y los servicios jurídicos sea incluida dentro del listado de actividades afectadas en forma crítica a raíz de la propagación del coronavirus conocido como COVID-19, lo que había sido omitido en el listado emitido por la AFIP.
Luego de la presentación, el Comité de Evaluación y Monitorio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción del Gobierno Nacional se aprobó la petición de la Federación Nacional.
Por lo que, a través de la resolución administrativa 663/2020, el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero autorizó la integración de los abogados dentro de la medida nacional como actividad afectada de forma crítica por la pandemia, lográndose así el objetivo perseguido por el accionar de la Federación Argentina de Colegios de Abogados.
Dicho programa permite:
- La postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, para empleadores que no superen los 60 trabajadores contratados (aquellos que lo superen, deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis.
- La Asignación Compensatoria al Salario, para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados. Dicha Asignación tendrá distintas características dependiendo de la cantidad de trabajadores.
- El Programa de Recuperación Productiva, REPRO, que incluye la asistencia por la emergencia sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 empleados. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.
- Un sistema integral de prestaciones por desempleo.