La Justicia a favor del COTOBA: Todos los profesionales deberán matricularse

28/06/2024
Terapistas Ocupacionales

El juzgado Contencioso Administrativo 1 de Morón, rechazó una petición colectiva de varias terapistas ocupacionales que solicitaron una cautelar para poder seguir ejerciendo bajo el imperio de la matrícula expedida por el Ministerio de Salud previo a la creación del Colegio de Terapia Ocupacional (COTOBA).

La presentación fue realizada por 5 profesionales que cuestionaron el articulo 10 de la ley 15200 que dispuso extender por un plazo de 90 días la vigencia de las matriculas otorgadas por la cartera de salud bonaerense, con el objetivo de otorgar plazo a las y los terapistas ocupacionales para que regularizaran su situación ante el Colegio recientemente creado.

El objetivo era lograr una medida judicial para que la ley de regulación de la actividad de los terapistas ocupacionales no sea aplicable a las demandantes, por considerar que contaban con un derecho adquirido frente a la obligación de matriculación ante el COTOBA.

Sin embargo el juez Marcelo Gradin, desestimó el pedido entendiendo que el plazo vencido el 5 de junio no lesiona el derecho de las profesionales demandantes, considerando además que habiéndose creado un Colegio Profesional que cuenta con facultades delegadas del Estado Bonaerense, no es necesario recurrir a la justicia para resolver ese litigio.

«En el caso que nos ocupa, surge con claridad que se trata de un tema de gobierno de la matrícula, en donde el Colegio actúa con facultades delegadas, como persona pública, no estatal», indicó el magistrado y agregó que «la acción iniciada carece de uno de los requisitos esenciales para la procedencia de la vía excepcional de AMPARO, toda vez que existe de una vía más idónea para su tratamiento», es decir el propio COTOBA.

De esta manera la justicia rechazó una vez mas la pretensión de existencia de Derechos Adquiridos de parte de profesionales frente a la creación de algún ente que controle y/o regule el ejercicio de su actividad, es decir que se mantiene la doctrina que se viene aplicando en fallos anteriores que beneficiaron al Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo.