La Dirección Provincial de Personas Jurídicas ha ratificado su posición en relación al ejercicio de la administración de consorcios de propiedad horizontal, desestimando el pedido realizado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires para obtener la incumbencia exclusiva de esta actividad por parte de los abogados.
La solicitud planteada por el Colegio de Abogados generó preocupación en otros sectores profesionales y organizaciones, quienes expresaron su inquietud respecto a una posible restricción en el acceso a esta labor. Sin embargo, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas ha dejado en claro que no existe una reserva para una profesión universitaria específica en el ejercicio de la administración de consorcios, de acuerdo con lo estipulado en la Ley N° 14.701.
Según fuentes oficiales, el pedido del Colegio de Abogados fue presentado de forma verbal, y en la reunión correspondiente se expresó la desestimación de dicha solicitud. Esta reunión tuvo como objetivo principal brindar información y promover un intercambio de opiniones sobre el tema, sin generar un documento formal.
La Ley N° 14.701 establece la creación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires, el cual permite la inscripción de cualquier ciudadano que haya realizado un curso de capacitación habilitante para desempeñarse en esta actividad, sin requerir la posesión de un título universitario.
La normativa busca regularizar y ordenar el sector de la administración de consorcios, adaptándolo a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, que absorbió y fusionó la ley nacional N° 13.512 en su sistema codificado. Asimismo, se busca promover la formación y actualización constante de los administradores, con el objetivo de asegurar un adecuado desempeño en el ejercicio de sus funciones.
Durante el proceso de implementación de la Ley N° 14.701, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas ha mantenido reuniones con representantes de diversos sectores relacionados con la temática, con el fin de escuchar las expectativas y necesidades de cada uno de ellos. Se reconoce la importancia de atender y respetar los puntos de vista de todas las partes involucradas, teniendo en cuenta que se trata de una actividad que ya se encuentra en funcionamiento.
Con esta decisión, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas reafirma su «compromiso con el cumplimiento de la ley y la promoción de un marco regulatorio inclusivo que permita el ejercicio de la administración de consorcios de propiedad horizontal por parte de profesionales de diversas áreas, siempre que cumplan con los requisitos de registración establecidos», indicaron desde el organismo.