Recomiendan alcanzar la licenciatura para «ejercer en plenitud» la profesión obstétrica

09/02/2016
Obstétricas

Lo hizo el Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la provincia a través de la primera resolución de este año.  Esta a tono con las recientes modificaciones a la Ley de ejercicio profesional.  

En función de la reciente modificación de la ley de Colegiación Obstétrica Provincial, el Consejo Superior emitió la Resolución 1/ 2016 que recomienda la realización Ciclo de Licenciatura en Obstetricia – Ciclo de Complementación Curricular (CCC), a fin de ejercer en plenitud los alcances profesionales reconocidos por la nueva Ley.

La ley 11.745 en su artículo segundo define el ejercicio profesional:

“Se considera ejercicio profesional de las/os obstétricas y licenciadas/os en obstetricia a las funciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud sexual y reproductiva de la mujer, en todos los niveles de atención, dentro de los límites de competencia que derivan de los alcances otorgados en el título obtenido, así como la docencia, la investigación, el asesoramiento, administración de servicios y la participación en el campo de pericias devenidas en el ámbito médico legal”.

Teniendo en cuenta que según la estadística oficial con muchas las profesionales que poseen únicamente el título de Obstétricas/os y no han realizado el Ciclo de Licenciatura en Obstetricia – Ciclo de Complementación Curricular (CCC) para obtener el Grado Académico de Licenciadas/os en Obstetricia, desde el Colegio recomendaron completar ese nivel.

Por otro lado, la recomendación también incluye «verificar los alcances de su título universitario habilitante, en función de que el ejercicio profesional trae aparejado responsabilidades civiles y penales y los títulos emitidos por las diferentes Universidades no otorgan los mismos alcances».