Sería ilegal el Proyecto de Ley que regula la actividad los Profesores de Educación Física

14/08/2018
Educación Física

La senadora por Cambiemos, Flavia Delmonte presentó un proyecto que trae controversias, ya que sin decirlo regularía el ejercicio profesional de los docentes y licenciados en Educación Física y que, además, le otorgaría actividades reservadas que solo pueden ser conferidas por el Ministerio de Educación de la Nación.

Se presentó un proyecto en el Senado de la Provincia de Buenos Aires que busca modificar y regular las actividades reservadas tanto de los Profesores como de los Licenciados en Educación Física.

Entre los puntos centrales, esta modificación y profesionalización de los docentes y Licenciados es porque, según el proyecto, serían “agentes de salud” ya que “la actividad de los profesionales de la educación física, donde sea que se desarrolle, tiende a proteger y potencial la salud física mediante actividad motriz, lúdica, de esparcimiento, deportiva, integración social, prevención, promoción, recuperación y/o rehabilitación de la salud. Los profesionales de la educación física son sumamente importantes en la salud de las personas”.

Además, el proyecto explicita que “es de vital importancia poder desarrollar un marco normativo para que lo hagan en un contexto adecuado, respetando sus derechos y cumpliendo las obligaciones establecidas”.

¿Por qué sería ilegal este proyecto?, no es la primera vez que se habla de las incumbencias y actividades reservadas de los profesionales; sin embargo estas normativas deben aplicarse desde la cartera de educación de La Nación.

En el proyecto presentado por Delmonte, en su artículo 16 explicita que “El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación de la presente Ley”.

En este sentido, Ariel Balcarlos, Secretario gremial de educación física de SUTEBA afirma que “el título no habilita a vincular al docente de Educación Física con un agente auxiliar de la salud; esto cambia las condiciones y responsabilidades homologando el título y pasándolo a salud”.

El artículo 4 de la Ley establece que “el control del ejercicio de la profesión y de la inscripción de los Profesores en Educación Física y los Licenciados en Educación Física será ejercido por quien determine la autoridad de aplicación, debiendo ajustarse a las disposiciones de la presente Ley”.