Ya se puede tramitar la devolución de Ganancias del aguinaldo y la exención de Bienes Personales

16/08/2016
Ciencias Económicas

Los contribuyentes que tengan sus impuestos al día pueden postularse para recibir los beneficios contemplados en la ley de blanqueo de capitales: la exención del Impuesto a los Bienes Personales y la devolución de ganancias.

A partir de hoy y hasta el 31 de marzo de 2017, los contribuyentes que tengan sus impuestos al día pueden postularse para recibir los beneficios contemplados en la ley de blanqueo de capitales: la exención del Impuesto a los Bienes Personales 2016, 2017 y 2018 o, en caso de no estar alcanzado por ese régimen, la devolución del Impuesto a las Ganancias pagado con el medio aguinaldo de junio.

El trámite no es automático. Todas aquellas personas que quieran recibir el beneficio deberán aplicar a través del sitio web de la AFIP. Recién cuando el ente recaudador apruebe la solicitud el contribuyente quedará exceptuado de pagar el tributo o recibirá el reintegro solicitado.

En el caso de Ganancias, el pago será realizado por el empleador que había realizado la retención en un primer lugar. En el caso de Bienes Personales,  aquellas personas que ya hayan abonado el anticipo correspondiente a este año pueden ingresar el CBU de su cuenta bancaria y solicitar que la AFIP le devuelva lo pagado a través de una transferencia.

Según establece la Ley 26.860, pueden solicitar el beneficio quienes no posean deudas en condición de ser ejecutadas por la AFIP, no hayan sido ejecutados fiscalmente ni condenados, sea con condena firme, por multas o por defraudación fiscal en los períodos fiscales 2015 y 2014.

También quedan excluidas aquellas personas que en los últimos dos períodos fiscales hayan accedido a alguno de los blanqueos de capitales creados por el gobierno anterior, hayan aplicado a la amnistía fiscal actual o hayan entrado en alguno de los planes de pago particulares que otorga la AFIP.

Si cumple con esos requisitos, el contribuyente debe tener una clave fiscal con nivel de seguridad 3 para poder hacer el trámite, que se realiza únicamente a través de la web. En caso de no poseerla, el usuario deberá acercarse a la sucursal de la AFIP más cercana para solicitarla.